Entre derechos fundamentales y violencias estructurales: la niñez campesina como sujeto de especial protección ignorado

Leni Viviana Murcia Naranjo – Docente Líder del Observatorio de Derecho Agrario de UniAgraria.

Jimena Carrillo Rodríguez -Estudiante vinculada al Observatorio de Derecho Agrario de UniAgraria.

Andrey Nicolas Aldana Quiroga – Estudiante vinculado al Observatorio de Derecho Agrario de UniAgraria.

La Constitución de 1991 estableció con claridad que los derechos de los niños prevalecen sobre los de los demás. No obstante, en 2025, el Instituto Nacional de Salud – INS reportó 79 muertes infantiles por desnutrición, mientras que departamentos como Vichada, La Guajira y Chocó encabezan las prevalencias de desnutrición aguda (Instituto Nacional de Salud, 2025). Estos datos confirman lo que las comunidades rurales saben desde hace décadas que existe una brecha entre el discurso normativo y la realidad vivida se mantiene intacta, es decir, el Estado colombiano, que ha sido históricamente urbano-céntrico, ha fallado en garantizar condiciones mínimas de vida para la niñez campesina.

La educación rural en la Orinoquía no escapa al patrón estructural de deterioro institucional que afecta al país. En esta región —integrada por Arauca, Casanare, Meta y Vichada—, apenas el 17% de los niños y niñas que salen del servicio del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF transita hacia la educación formal; en contraste con la media nacional, esta cifra no supera el 20% en la mayoría de las regiones rurales. En cuanto al desempeño educativo, apenas el 36% de los estudiantes de la Orinoquía alcanza niveles adecuados en la prueba Saber 11 (Portafolio, 2022).

Estas cifras no resultan aisladas, sino que reflejan la precariedad de la infraestructura rural pues el 79% de las sedes educativas rurales en la Orinoquía carecen de acceso a internet, frente a solo el 7% en zonas urbanas de la misma región. Ese retraso en conectividad impide la implementación de estrategias pedagógicas digitales, profundizando la brecha educativa y tecnológica (Portafolio, 2022).

Sumado a lo anterior, la niñez campesina enfrenta también violencia estructural que se expresa en el reclutamiento forzado. En 2024, la Defensoría del Pueblo registró 578 casos de niños y niñas vinculados a grupos armados, en el primer semestre de 2025 fueron 55 reportes más (Defensoría del Pueblo, 2025). La recurrencia de este fenómeno en territorios campesinos no es casual, allí se concentran las disputas por la tierra, el narcotráfico y la ausencia estatal, por tanto, el conflicto armado ha convertido a los niños en botín de guerra, arrebatándoles la infancia y perpetuando el ciclo de miedo y desarraigo.

Lo que aquí se evidencia es una contradicción estructural entre la Constitución normativa y la Constitución real. Mientras la primera consagra la prevalencia absoluta de los derechos de los niños, la segunda se traduce en un campo de exclusión donde las garantías son letra muerta. Esta contradicción no puede ser entendida como una simple falla administrativa, sino que constituye una violación sistemática y continuada de derechos humanos contra la infancia campesina. Esta fractura ha sido reconocida por la Corte Constitucional, que en la Sentencia T-025 de 2004 declaró un “estado de cosas inconstitucional” en materia de desplazamiento forzado, subrayando la especial vulnerabilidad de los niños y niñas (Corte Constitucional, 2004). Sin embargo, la persistencia de muertes por desnutrición y reclutamiento forzado en la niñez campesina constituye, bajo la misma lógica, un estado de cosas inconstitucional no declarado pero evidente.

En clave sociológica, la persistencia de la vulneración a la niñez campesina confirma lo que Orlando Fals Borda denominó la colonialidad interna: un modelo de desarrollo que reproduce jerarquías centro–periferia al interior del país, donde lo urbano es privilegiado y lo rural se mantiene en estado de subordinación (Fals Borda, 2008). La niñez campesina, en este esquema, se convierte en “población sobrante”, relegada a cifras que se conocen en informes oficiales pero que rara vez generan acciones efectivas de transformación.

Frente a ello, urge avanzar hacia un enfoque diferencial que reconozca a la niñez campesina como sujeto de especial protección, no en términos jurídicos (que a veces resultan retóricos), sino en la práctica. Ello implica garantizar el acceso efectivo a alimentación, salud y educación digna, desmontar las brechas urbano–rurales; y, sobre todo, fortalecer las comunidades campesinas como actores legítimos en la formulación de políticas públicas.

Seguir tolerando la violación sistemática de los derechos de la niñez campesina es aceptar la traición de la promesa constitucional. Cada niño que muere por desnutrición o es reclutado por la guerra es una derrota colectiva. Por eso, este artículo es un llamado para declarar que la niñez campesina no puede seguir siendo la estadística olvidada de los informes oficiales, es momento de que la ciudadanía, las comunidades rurales y urbanas, la academia y los movimientos sociales nos unamos en una agenda común que exija el cumplimiento real de sus derechos.

Referencias

Corte Constitucional de Colombia. (2004, 22 de enero). Sentencia T-025/04 (Manuel José Cepeda Espinosa, M. P.). https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2004/t-025-04.htm

Defensoría del Pueblo de Colombia. (2025). Reclutamiento de niñas, niños y adolescentes en Colombia durante el primer semestre de 2025. https://www.defensoria.gov.co/-/reclutamiento-en-colombia-durante-el-primer-semestre-de-2025

Fals Borda, O. (2008). La subversión en Colombia: El cambio social en la historia [PDF]. Fundación para la Investigación y la Cultura. https://sentipensante.red/wp-content/uploads/2021/03/La-subversi%C3%B3n-en-Colombia.pdf

Instituto Nacional de Salud. (2025). Boletín epidemiológico semanal: casos de mortalidad infantil por desnutrición. INS. https://www.ins.gov.co/Paginas/Inicio.aspx

Portafolio. (2022, 7 de noviembre). El 70% de colegios rurales no tienen acceso a internet. Portafolio. https://www.portafolio.co/economia/el-70-de-colegios-rurales-no-tienen-acceso-a-internet-574218

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