Domestic Violence
Rompe el silencio. Restaura la paz: Juntos contra la violencia Intrafamiliar
¿Qué hechos se constituyen como violencia intrafamiliar?
La Ley 294 de 1996, modificada por la ley 575 de 2000 la define así: Toda persona que dentro de su contexto familiar sea víctima de daño físico amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión por causa del comportamiento de otro integrante de la unidad familiar. Por lo anterior, toda acción,
omisión o acto abusivo de poder cometido por algún miembro de la familia, con el objetivo de dominar cometer, controlar o agredir, física, psíquica, sexual, patrimonial o económicamente a cualquier miembro de la familia, como pueden ser los niños, niñas, adolescentes, mujeres, personas mayores o en
condición de discapacidad, dentro o fuera del domicilio intrafamiliar.
¿Ante quién debo acudir cuando soy víctima de violencia intrafamiliar?
Toda víctima de violencia intrafamiliar puede acudir a la comisaría de familia del lugar donde se presentaron los hechos de violencia y solicitar una medida de protección que ponga fin a los actos de violencia. Esta petición debe ser formulada dentro de los 30 días siguientes al acaecimiento del hecho.
El comisario ordenará al agresor abstenerse de realizar la conducta u otro acto de violencia en contra de las personas del grupo familiar, además de otras medidas que crea convenientes, con el fin de garantizar y salvaguardad laintegridad física y psicológica entre sus miembros.
¿Qué son las comisarias de familia?
Son instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, de creación legal, pero que dependen económica y administrativamente del municipio, con funciones eminentemente conciliatorias en asuntos de familia. De otro lado son el primer lugar para que las familias accedan a la justicia familiar, en buscar de garantías y el restablecimiento de sus derechos, mediante el trámite de acciones preventivas, policivas, de protección de niños y niñas, de protección contra la violencia intrafamiliar y de conciliación de los principales conflictos familiares.

¿Cuál es la función de las comisarías de familia?
Según el artículo 86 de la ley de infancia y adolescencia (ley 1098 de 2006), son funciones de la comisaría de familia.
1.Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
2.Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
3.Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
4.Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar
5.Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
6.Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
7.Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
8.Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
9.Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los concejos municipales.
¿A dónde debo denunciar el maltrato de niños por parte de sus padres?
Los casos de violencia intrafamiliar son de competencia de las comisarías de familia (ley 575 del 2000). El maltrato a menores de edad debe ser denunciado por cualquier persona ante una comisaría de familia, inspección de policía, personero municipal, fiscalía y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF – quien conoce de la protección al menor maltratado y abandonado o en peligro. Dicho denuncio se puede hacer de manera anónima, lo importante es suministrar la ubicación del niño, niña o adolescente.

La suspensión y terminación de la patria potestad o custodia, se encuentran regulados en el código civil, y afectando la facultad de representación legal, administración y usufructo, se suspendes a cualquiera de los padres, mediante pronunciamiento del juez por las causales de
Maltrato del hijo
Abandono del hijo
Si el esposo(a) maltrata al cónyuge, y necesita irse del domicilio, pero no tiene recursos, además amenaza con “quitarle” al niño(a). ¿Qué puedo hacer?
Estos casos pueden ser considerados como violencia intrafamiliar y la víctima deberá solicitar a la comisaria de familia correspondiente al lugar más cercano a su residencia, que tome la medida de protección de desalojo respecto del agresor, en atención al daño que le ocasiona a quien es maltratado(a) y a su hijo(a). También se debe hacer la misma solicitud a la Fiscalía o acudir al Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia Intrafamiliar. Ley 1257 de 2008: “Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres”.
¿Qué se entiende por violencia contra una mujer?
Por violencia se entiende cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado.
+ Objeto de la Ley 1257 de 2008
+ Obligaciones de la familia
+Ruta de atención a las víctimas de la violencia intrafamiliar
+Principales logros de la Ley 1257 de 2008
+Derechos de las mujeres

